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# Estatuto De Gobierno Del Distrito Federal - Artículo 17

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO SEGUNDO - DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE CARACTER PUBLICO
- CAPITULO I - DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS HABITANTES

```text
ARTÍCULO 17.- Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a:

I. La protección de las leyes, reglamentos y demás normas jurídicas que rijan en el mismo;

II. La prestación de los servicios públicos;

III. Utilizar los bienes de uso común conforme a su naturaleza y destino;

IV. Ser indemnizados por los daños y perjuicios causados por los servidores públicos de la entidad, de conformidad con lo establecido en la legislación civil y en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

V. Ser informados sobre las leyes y decretos que emitan la Asamblea Legislativa y el Congreso de la Unión, respecto de las materias relativas al Distrito Federal; reglamentos y demás actos administrativos de carácter general que expidan el Presidente de la República y el Jefe de Gobierno así como sobre la realización de obras y prestación de servicios públicos e instancias para presentar quejas y denuncias relacionadas con los mismos y con los servidores públicos responsables.
Fracción reformada DOF 04-12-1997
```

## Resumen corto

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Regla de 10_270614 sobre regla aplicable: Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 17 10_270614, regla aplicable, artículo 17 estatuto de gobierno del distrito federal

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 17 de 10_270614.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Derecho o facultad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

<!-- mley:generated type="heuristic" status="draft" -->
Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

- Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos (`LFRSP`)

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 17 de 10_270614?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Los habitantes del Distrito Federal, en los términos y condiciones que las leyes establezcan, tienen derecho a:

### ¿Para qué sirve artículo 17?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/egdf.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/10_270614.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/10_270614.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
