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law_title: "Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana"
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# Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana - Artículo 13

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO III - Organos de la Universidad

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ARTICULO 13.- Corresponde al Colegio Académico:

I.- Establecer, a propuesta del Rector General de la Universidad, las unidades universitarias, divisiones y departamentos que se requieran para el cumplimiento del objeto de la Universidad;

II.- Expedir las normas y disposiciones reglamentarias de aplicación general para la mejor organización y funcionamiento técnico, docente y administrativo de la Universidad;

III.- Designar al auditor externo a que se refiere la fracción VI del artículo 20 de esta ley;

IV.- Conocer y resolver los casos que no sean de la competencia de ningún otro órgano de la Universidad;

V.- Elegir anualmente a un miembro de la Junta Directiva que reemplazará al de más antigua designación y a los sustitutos para cubrir las vacantes que ocurran en la propia Junta;

VI.- Autorizar el presupuesto anual de ingresos y egresos de la Universidad;

VII.- Aprobar los estados financieros que, con el dictamen del auditor externo, someta a su consideración el Patronato;

VIII.- Autorizar los planes de organización académica, las especialidades profesionales y las modalidades que se establezcan en la Universidad; y

IX.- Ejercer las demás atribuciones que le confieran este ordenamiento y las normas y disposiciones reglamentarias de la Universidad. 
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## Resumen corto

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Regla de 157 sobre regla aplicable: Corresponde al Colegio Académico:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Corresponde al Colegio Académico:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Palabras clave

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artículo 13 157, regla aplicable, artículo 13 ley organica de la universidad autonoma metropolitana

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 13 de 157.
- Contextual: ubicar artículos relacionados y conceptos aplicables.

## Tipo de contenido jurídico

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- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona consulta este artículo para entender qué regla específica aplica antes de presentar una solicitud, queja o defensa.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

- 20

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

<!-- mley:pending section="leyes_que_citan_este_articulo" source="article_backrefs" -->
Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 13 de 157?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre regla aplicable. Corresponde al Colegio Académico:

### ¿Para qué sirve artículo 13?

Sirve para ubicar la regla aplicable dentro de esta ley y relacionarla con trámites, derechos, obligaciones o procedimientos.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/louam.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/157.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/157.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
