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law_title: "Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios"
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# Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios - Artículo 11

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## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO SEGUNDO - Del Tribunal Superior Agrario

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Artículo 11.- Corresponde al Presidente del Tribunal Superior Agrario:

I.- Tramitar los asuntos administrativos de la competencia del Tribunal Superior;

II.- Autorizar en unión del Secretario General de Acuerdos, las actas que contengan las deliberaciones y acuerdos del Tribunal Superior, y firmar los engroses de las resoluciones del propio Tribunal;

III.- Turnar entre los magistrados los asuntos de la competencia del Tribunal, cuando estime necesario oír su parecer, para acordar algún trámite o para que formulen el proyecto de resolución que deberá ser discutido por el Tribunal;

IV.- Dictar las medidas necesarias para la adecuada organización y funcionamiento de los tribunales, así como para esos mismos efectos las urgentes que fueren necesarias, y establecer los sistemas de cómputo necesarios para conservar los archivos de los tribunales;

V.- Comisionar a los magistrados supernumerarios para la práctica de visitas a los tribunales unitarios de acuerdo con lo que disponga el Tribunal Superior;

VI.- Designar secretarios auxiliares de la Presidencia;

VII.- Llevar la representación del Tribunal;

VIII.- Presidir las sesiones y dirigir los debates en las sesiones del Tribunal Superior;

IX.- Comunicar al Ejecutivo Federal las ausencias de los magistrados que deban ser suplidas mediante nombramiento;

X.- Formular y disponer el ejercicio del presupuesto de egresos de los tribunales agrarios;

XI.- Nombrar a los servidores públicos del Tribunal Superior, cuyo nombramiento no corresponda al propio Tribunal, así como cambiarlos de adscripción y removerlos conforme a la Ley;

XII.- Llevar listas de las excusas, impedimentos, incompetencias y, substituciones, mismas que estarán a disposición de los interesados en la correspondiente Secretaría General de Acuerdos; y

XIII.- Las demás que le asigne el Reglamento Interior del Tribunal. 
```

## Resumen corto

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Regla de 159 sobre competencia de autoridades: Corresponde al Presidente del Tribunal Superior Agrario:

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Corresponde al Presidente del Tribunal Superior Agrario:

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 11 159, competencia de autoridades, artículo 11 ley organica de los tribunales agrarios, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad 159

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 11 de 159.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Obligación
- Procedimiento
- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

No se detectó una autoridad o sujeto específico en este artículo.

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Este artículo debe aplicarse junto con sus requisitos, plazos, excepciones y condiciones expresas. También conviene revisar los artículos relacionados y disposiciones administrativas aplicables.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 11 de 159?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. Corresponde al Presidente del Tribunal Superior Agrario:

### ¿Para qué sirve artículo 11?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lota.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/159.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/159.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
