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law_key: "159"
title: "Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios regula la organización, integración, competencia y funcionamiento de los tribunales agrarios federales. Establece al Tribunal Superior Agrario y a los tribunales unitarios agrarios como órganos con plena jurisdicción y autonomía para administrar justicia agraria en todo el país, conforme al artículo 27 constitucional. También define requisitos, designación, duración, impedimentos y responsabilidades de magistrados, así como atribuciones del personal jurisdiccional. Es una ley clave para controversias sobre ejidos, comunidades, tierras, límites, restitución, nulidad de actos agrarios y derechos agrarios individuales o colectivos.

## Qué regula

- La estructura de los tribunales agrarios.
- La integración y competencia del Tribunal Superior Agrario.
- La competencia territorial y material de los tribunales unitarios agrarios.
- La designación, ratificación, retiro e impedimentos de magistrados.
- Las facultades del presidente del Tribunal Superior Agrario.
- Las funciones de secretarios, actuarios, peritos y unidades administrativas.
- El régimen de responsabilidades e incompatibilidades.
- La aplicación supletoria de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en lo conducente.

## A quién aplica

- Tribunal Superior Agrario.
- Tribunales unitarios agrarios.
- Magistrados agrarios.
- Secretarios de acuerdos, actuarios, peritos y personal administrativo.
- Ejidos, comunidades, ejidatarios, comuneros, posesionarios y avecindados.
- Personas que intervienen en controversias de tierras, límites, restitución o nulidad de actos agrarios.
- Autoridades agrarias y autoridades vinculadas con ejecución o cumplimiento de resoluciones.

## Materias principales

- Justicia agraria federal.
- Tribunal Superior Agrario.
- Tribunales unitarios agrarios.
- Competencia en controversias agrarias.
- Derechos de ejidos y comunidades.
- Magistrados agrarios.
- Procedimientos de atracción y revisión.
- Organización jurisdiccional y administrativa.
- Responsabilidades de servidores públicos.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Tribunales agrarios | Órganos federales con plena jurisdicción y autonomía para dictar fallos en materia agraria. |
| Tribunal Superior Agrario | Órgano integrado por magistrados numerarios y presidido por uno de ellos. |
| Tribunal unitario agrario | Tribunal con competencia territorial para resolver asuntos agrarios en su distrito. |
| Magistrado agrario | Servidor jurisdiccional designado conforme a la ley para impartir justicia agraria. |
| Distrito | Ámbito territorial determinado para la actuación de tribunales unitarios. |
| Competencia | Materias y asuntos que cada tribunal puede conocer. |
| Atracción | Facultad del Tribunal Superior Agrario para conocer asuntos especiales. |
| Impedimento | Causa legal que obliga a separarse del conocimiento de un asunto. |
| Secretario de acuerdos | Funcionario que auxilia en la función jurisdiccional y da fe de actuaciones. |
| Actuario | Servidor encargado de notificaciones y diligencias procesales. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Naturaleza de los tribunales | 1 y 2 | Entender qué son y cómo se integran los tribunales agrarios. |
| Tribunal Superior Agrario | 3 a 11 | Revisar integración, sesiones, competencia y presidencia. |
| Magistrados | 12 a 17 | Conocer requisitos, designación, duración y retiro. |
| Tribunales unitarios | 18 | Ubicar competencia material de primera instancia agraria. |
| Personal jurisdiccional | 19 a 26 | Identificar funciones de secretarios, actuarios, peritos y unidades administrativas. |
| Impedimentos e incompatibilidades | 27 a 29 | Saber cuándo un magistrado no debe conocer un asunto. |
| Responsabilidades | 30 | Conectar incumplimientos con responsabilidades de servidores públicos. |

## Plazos importantes

- El presidente del Tribunal Superior Agrario dura tres años y puede ser reelecto.
- Los magistrados son designados por un periodo inicial de seis años.
- Si un magistrado es ratificado al término del periodo inicial, adquiere carácter inamovible conforme a la ley.
- El retiro de magistrados procede al cumplir setenta y cinco años o por incapacidad física o mental.
- Los plazos procesales de cada juicio se revisan principalmente en la legislación agraria procesal aplicable.

## Derechos principales

- Derecho de ejidos y comunidades a justicia agraria especializada.
- Derecho de las partes a que sus controversias sean resueltas por tribunales con jurisdicción y autonomía.
- Derecho a que los asuntos sean conocidos por tribunal competente.
- Derecho a que los magistrados se excusen cuando exista impedimento legal.
- Derecho a resoluciones en materia de límites, restitución, nulidad y derechos agrarios.
- Derecho a revisión o intervención del Tribunal Superior Agrario en los casos previstos.

## Obligaciones principales

- Los tribunales agrarios deben impartir justicia conforme a su competencia.
- El Tribunal Superior Agrario debe fijar distritos y resolver asuntos de su competencia.
- Los tribunales unitarios deben conocer controversias agrarias asignadas por la ley.
- Los magistrados deben cumplir requisitos, independencia e imparcialidad.
- El personal jurisdiccional debe auxiliar correctamente en actuaciones, notificaciones y diligencias.
- Los servidores públicos agrarios deben observar reglas de responsabilidad.

## Autoridades relacionadas

- Tribunal Superior Agrario.
- Tribunales unitarios agrarios.
- Senado de la República o Comisión Permanente, para designación de magistrados.
- Ejecutivo Federal, en la propuesta de magistrados.
- Registro Agrario Nacional y autoridades agrarias, en asuntos vinculados.
- Poder Judicial de la Federación, por reglas supletorias o control constitucional.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Promoción de juicios agrarios ante tribunales unitarios.
- Controversias por límites de tierras ejidales o comunales.
- Restitución de tierras, bosques o aguas.
- Nulidad de resoluciones o actos de autoridad agraria.
- Reconocimiento de derechos agrarios individuales o colectivos.
- Atracción de asuntos por el Tribunal Superior Agrario.
- Designación, ratificación o retiro de magistrados.
- Excusas por impedimento legal.

## Sanciones o consecuencias

- Los magistrados y servidores públicos pueden incurrir en responsabilidades conforme a la legislación aplicable.
- La existencia de impedimento puede obligar a separar al juzgador del asunto.
- Actos emitidos por autoridad incompetente pueden ser controvertidos.
- La falta de jurisdicción o competencia puede afectar el trámite del juicio.
- El incumplimiento de resoluciones agrarias puede generar consecuencias procesales y administrativas.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define a los tribunales agrarios como órganos federales autónomos de justicia agraria. |
| 2 | Señala que se componen del Tribunal Superior Agrario y tribunales unitarios. |
| 3 | Regula integración del Tribunal Superior Agrario. |
| 8 | Enumera atribuciones del Tribunal Superior Agrario. |
| 9 | Define competencia del Tribunal Superior Agrario. |
| 10 | Prevé la facultad de atracción. |
| 12 | Establece requisitos para ser magistrado agrario. |
| 15 | Regula designación de magistrados. |
| 17 | Establece duración y ratificación de magistrados. |
| 18 | Enumera competencia de tribunales unitarios. |
| 27 | Regula impedimentos de magistrados. |
| 30 | Remite a responsabilidades de servidores públicos. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Agraria](/LAgra/)
- [Ley De Amparo, Reglamentaria De Los Artículos 103 Y 107 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/LAmp/)
- [Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares](/CNPCF/)
- [Ley Federal De Procedimiento Administrativo](/LFPA/)
- [Ley Orgánica Del Poder Judicial De La Federación](/LOPJF/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que la ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de febrero de 1992 y que su última reforma publicada corresponde al 23 de enero de 1998. Debe revisarse junto con la Ley Agraria y la fuente oficial para confirmar vigencia y reglas procesales aplicables.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley Orgánica De Los Tribunales Agrarios?

Regula cómo se organizan y qué asuntos conocen los tribunales agrarios federales encargados de impartir justicia en materia agraria.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para identificar qué tribunal agrario conoce un conflicto, qué competencias tiene el Tribunal Superior Agrario y cómo se integran estos órganos.

### ¿Qué asuntos conocen los tribunales unitarios agrarios?

Conocen controversias agrarias como límites, restitución de tierras, nulidad de actos agrarios y conflictos sobre derechos ejidales o comunales.

### ¿Qué es el Tribunal Superior Agrario?

Es el órgano superior de la justicia agraria federal, integrado por magistrados, con facultades de competencia, dirección y atracción en casos previstos.

### ¿Cómo se designan los magistrados agrarios?

Son designados por el Senado o la Comisión Permanente a propuesta del Ejecutivo Federal, conforme a los requisitos y reglas de la ley.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lota.htm)
- Word oficial: [159.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/159.doc)
- PDF oficial: [159.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/159.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
