---
law_key: "164_190719"
title: "Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
---

## Resumen de la ley

La Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar regula al Banco del Bienestar como Sociedad Nacional de Crédito e institución de banca de desarrollo. Su objeto es realizar funciones de banca social, promover ahorro, inclusión financiera, acceso al financiamiento en condiciones equitativas, innovación tecnológica, capacitación y dispersión de recursos de subsidios y programas públicos. También establece definiciones, facultades, operaciones, capital, administración, Consejo Directivo, Director General, vigilancia, reportes, planes de ahorro, financiamientos y régimen laboral. Es una ley relevante para programas sociales, servicios financieros públicos, ahorro popular, inclusión financiera y operación institucional del banco.

## Qué regula

- La naturaleza del Banco del Bienestar como institución de banca de desarrollo.
- Definiciones legales como Ley, Secretaría, Institución y Sector.
- Funciones de banca social, ahorro, financiamiento e inclusión financiera.
- Facultades para operar servicios financieros, apoyos técnicos y dispersión de recursos.
- Capital social mediante certificados de aportación patrimonial.
- Administración por Consejo Directivo y Director General.
- Vigilancia por órganos y autoridades financieras.
- Planes de ahorro, captación, premios y comprobantes.
- Programas financieros, presupuestos e informes al Congreso.
- Régimen laboral del personal.

## A quién aplica

- Banco del Bienestar.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Consejo Directivo, Director General, consejeros y funcionarios del banco.
- Integrantes del sector atendido por la banca social.
- Beneficiarios de programas públicos y subsidios dispersados por el banco.
- Organismos de integración regulados por la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
- Banco de México y Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
- Trabajadores de la institución.

## Materias principales

- Banca social.
- Inclusión financiera.
- Ahorro popular.
- Financiamiento en condiciones equitativas.
- Dispersión de subsidios y programas sociales.
- Innovación tecnológica financiera.
- Capital de sociedades nacionales de crédito.
- Gobierno corporativo de banca de desarrollo.
- Vigilancia financiera.
- Régimen laboral bancario público.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Banco del Bienestar | Sociedad Nacional de Crédito e institución de banca de desarrollo regulada por esta ley. |
| Institución | Referencia legal al Banco del Bienestar. |
| Secretaría | Secretaría de Hacienda y Crédito Público. |
| Sector | Sector atendido por las funciones de banca social de la institución. |
| Banca social | Función orientada a ahorro, inclusión financiera, financiamiento y apoyo a población o sectores atendidos. |
| Certificados de aportación patrimonial | Títulos que representan el capital social de la institución. |
| Serie A | Certificados equivalentes al 66% del capital social. |
| Serie B | Certificados equivalentes al 34% del capital social. |
| Consejo Directivo | Órgano de dirección de la institución. |
| Director General | Titular de la administración y representación legal del banco. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Denominación y objeto | 1 a 6 | Entender naturaleza, definiciones, domicilio y régimen aplicable. |
| Banca social y facultades | 7 a 11 | Revisar funciones, operaciones, fideicomisos y garantías del Gobierno Federal. |
| Capital social | 12 a 15 | Identificar certificados de aportación patrimonial y reglas de capital. |
| Administración | 16 a 26 | Conocer Consejo Directivo, Director General, comités y certificaciones. |
| Vigilancia | 27 | Ubicar control financiero y supervisión institucional. |
| Operaciones de captación | 28 a 31 | Revisar planes de ahorro, premios, comprobantes y estados de cuenta. |
| Programas y financiamientos | 32 a 37 Bis | Ver programas anuales, reservas, financiamientos e informes. |
| Régimen laboral | 38 | Identificar la base laboral aplicable a sus trabajadores. |
| Transitorios | Transitorios | Ubicar transformación institucional, reglamento y continuidad operativa. |

## Plazos importantes

- La ley entró en vigor al día siguiente de su publicación inicial.
- La institución contó con ciento ochenta días hábiles para ajustar operación y administración al régimen inicial.
- El Ejecutivo Federal debía transformar el Patronato del Ahorro Nacional en el banco dentro de 180 días.
- El Reglamento Orgánico debía expedirse en un plazo no mayor de 180 días.
- El Consejo Directivo se reúne por lo menos trimestralmente.
- La institución formula anualmente programas financieros, presupuestos y programas operativos.
- Algunos decretos de reforma previeron noventa días naturales y sesenta días hábiles para reglas o integración de comités.

## Derechos principales

- Derecho de usuarios y beneficiarios a acceder a servicios financieros públicos conforme a reglas aplicables.
- Derecho de integrantes del sector atendido a recibir apoyo financiero, técnico y capacitación cuando proceda.
- Derecho a que los depósitos se documenten mediante recibos autorizados.
- Derecho a que los planes de ahorro participen en sorteos cuando así lo autoricen las reglas.
- Derecho a información institucional mediante reportes al Ejecutivo, Secretaría y Congreso.
- Derecho del personal a régimen laboral conforme al artículo 123 apartado B fracción XIII bis constitucional.

## Obligaciones principales

- El Banco debe promover ahorro, inclusión financiera y acceso a financiamiento en condiciones equitativas.
- La Institución debe dispersar recursos de subsidios y programas sujetos a reglas de operación cuando corresponda.
- La Secretaría debe emitir autorizaciones y disposiciones en el ámbito de sus competencias.
- El Consejo Directivo debe dirigir la institución conforme a la ley.
- El Director General debe administrar y representar legalmente al banco.
- La institución debe formular programas financieros, presupuestos y programas operativos.
- La institución debe enviar información al Ejecutivo, Secretaría y Congreso en los términos previstos.

## Autoridades relacionadas

- Banco del Bienestar.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Consejo Directivo.
- Director General.
- Banco de México.
- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
- Gobierno Federal.
- Congreso de la Unión y Comisión Permanente, para recepción de informes.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Apertura, clausura o reubicación de sucursales, agencias u oficinas.
- Operación de productos de ahorro y captación.
- Dispersión de subsidios y programas públicos.
- Financiamiento a organismos de integración regulados por la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
- Emisión de recibos autorizados y estados de cuenta.
- Programación financiera anual.
- Presentación de informes institucionales.
- Expedición de certificaciones por funcionarios autorizados.

## Sanciones o consecuencias

- Operar fuera del objeto o sin observar disposiciones financieras puede generar responsabilidad regulatoria o administrativa.
- Consejeros de serie B e independientes pueden ser removidos por causas previstas en la ley.
- La falta de comprobación documental de depósitos puede afectar la defensa de derechos en juicio.
- Incumplimientos en reportes, programas o reservas pueden generar responsabilidades de servidores públicos.
- La operación financiera queda sujeta a vigilancia y disposiciones de autoridades financieras competentes.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define al Banco del Bienestar como sociedad nacional de crédito y banca de desarrollo. |
| 2 | Contiene definiciones legales básicas. |
| 3 | Establece el objeto de banca social, ahorro, inclusión y dispersión de recursos. |
| 7 | Enumera facultades de la institución. |
| 8 | Regula operaciones para cumplir su objeto. |
| 10 | Establece responsabilidad del Gobierno Federal en ciertos supuestos. |
| 12 | Regula capital social y certificados de aportación patrimonial. |
| 16 | Define administración por Consejo Directivo y Director General. |
| 22 | Enumera facultades del Consejo Directivo. |
| 25 | Regula facultades del Director General. |
| 28 | Regula planes de ahorro y sorteos. |
| 37 | Prevé reportes al Ejecutivo, Secretaría y Congreso. |
| 38 | Establece régimen laboral del personal. |

## Leyes relacionadas

- [Ley De Instituciones De Crédito](/LIC/)
- [Ley Del Banco De México](/74/)
- [Ley De Ahorro Y Crédito Popular](/LACP/)
- [Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito](/LGTOC/)
- [Ley Orgánica De Nacional Financiera](/162/)
- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)

## Reformas y vigencia

El texto fuente indica que la ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de 2001 y que su última reforma publicada corresponde al 19 de julio de 2019, reforma relevante porque actualiza la denominación a Banco del Bienestar. Debe revisarse la fuente oficial para confirmar texto vigente y regulación complementaria.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿De qué trata la Ley Orgánica Del Banco Del Bienestar?

Regula al Banco del Bienestar como institución de banca de desarrollo, sus funciones de banca social, administración, operaciones, capital, vigilancia y régimen laboral.

### ¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para entender cómo opera el Banco del Bienestar, qué servicios puede prestar, cómo se administra y cómo participa en dispersión de programas públicos.

### ¿Cuál es el objeto del Banco del Bienestar?

Promover ahorro, inclusión financiera, acceso a financiamiento, innovación tecnológica, capacitación y dispersión de recursos de subsidios y programas.

### ¿Quién administra el Banco del Bienestar?

La administración corresponde a un Consejo Directivo y a un Director General, con facultades específicas previstas por la ley.

### ¿Qué autoridad tiene mayor relación con esta ley?

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interviene de forma central, junto con autoridades financieras como Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lobb.htm)
- Word oficial: [164_190719.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/164_190719.doc)
- PDF oficial: [164_190719.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/164_190719.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.
