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law_key: "167"
title: "Ley Orgánica Del Banco Nacional Del Ejército, Fuerza Aérea Y Armada"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada regula la naturaleza, objeto, operaciones, administración y vigilancia de Banjercito como sociedad nacional de crédito e institución de banca de desarrollo. Su función central es otorgar apoyos financieros a miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos, administrar fondos de ahorro y trabajo, y operar créditos y servicios vinculados con el sector militar. También fija reglas de capital, gobierno corporativo, coordinación con autoridades financieras y manejo de prestaciones financieras para militares, retirados, pensionistas y beneficiarios. Es relevante porque conecta el servicio público de banca y crédito con prestaciones específicas de seguridad social, vivienda y administración de recursos del personal de las Fuerzas Armadas.

## Qué regula

- La organización jurídica de Banjercito como sociedad nacional de crédito.
- El objeto de financiar y apoyar a miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.
- La administración de fondos de ahorro y fondos de trabajo del personal militar.
- Los préstamos hipotecarios, de corto plazo y de mediano plazo para militares y pensionistas.
- Las reglas de capital social, certificados de aportación patrimonial y participación accionaria.
- La integración y facultades del Consejo Directivo y del Director General.
- La intervención de autoridades financieras en operaciones, reservas, presupuesto y vigilancia.
- La obligación de las Secretarías de Defensa Nacional y Marina de informar altas, bajas y beneficiarios.

## A quién aplica

- Al Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, Sociedad Nacional de Crédito.
- A militares en activo y en situación de retiro que perciban haberes con cargo al Erario Federal.
- A pensionistas vinculados con las Fuerzas Armadas.
- A beneficiarios designados por titulares de fondos de ahorro o de trabajo.
- A las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional y Marina.
- Al Consejo Directivo, Director General y servidores públicos de la institución.
- A personas morales integradas por militares cuando realicen operaciones con el Banco.

## Materias principales

- Banca de desarrollo militar.
- Fondos de ahorro y de trabajo.
- Crédito hipotecario para vivienda militar.
- Préstamos de corto y mediano plazo.
- Gobierno corporativo de la institución.
- Participación del Gobierno Federal en obligaciones y aportaciones.
- Vigilancia financiera y administrativa.
- Patrimonio, reservas y presupuesto.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Banco o Sociedad | Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, sociedad nacional de crédito e institución de banca de desarrollo. |
| Banca de desarrollo | Institución que presta servicio público de banca y crédito conforme a objetivos y prioridades del desarrollo nacional. |
| Sector encomendado | Miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos y actividades relacionadas con ellos. |
| Fondo de ahorro | Fondo formado con aportaciones quincenales de generales, jefes y oficiales y aportaciones equivalentes del Gobierno Federal. |
| Fondo de trabajo | Fondo constituido con aportaciones del Gobierno Federal a favor de tropa o equivalentes en la Armada. |
| Consejo Directivo | Órgano de administración superior de la Sociedad. |
| Director General | Persona designada por el Ejecutivo Federal para administrar y representar legalmente al Banco. |
| Préstamo hipotecario | Crédito con garantía hipotecaria destinado principalmente a adquirir, construir, ampliar, reparar o liberar vivienda del militar. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Naturaleza y objeto del Banco | 1 a 5 | Define personalidad, domicilio, duración y finalidad financiera de Banjercito. |
| Operaciones bancarias | 6 a 10 | Identifica facultades de crédito, servicios, bonos, fideicomisos y regulación financiera. |
| Fondos de ahorro y trabajo | 11 a 23 | Regula aportaciones, disposición, beneficiarios, protección y administración de fondos. |
| Créditos de vivienda | 24 a 26 | Establece préstamos hipotecarios y beneficios fiscales vinculados a vivienda militar. |
| Préstamos de corto y mediano plazo | 27 a 33 | Ordena reglas de crédito, información de las secretarías militares y descuentos por adeudos. |
| Capital y certificados | 34 a 37 | Regula capital social, series de certificados y exclusión de participación extranjera. |
| Administración y vigilancia | 38 a 48 | Define Consejo Directivo, Director General, remoción, vigilancia y representación en juicio. |
| Disposiciones generales | 50 a 58 | Fija interpretación administrativa, reservas, presupuesto, depósitos escolares y defensa legal. |

## Plazos importantes

- La duración de la sociedad es indefinida, conforme al artículo 5.
- Los titulares activos pueden disponer del importe de sus descuentos del fondo de ahorro cada seis años, conforme al artículo 12.
- Las Secretarías de Defensa Nacional y Marina deben informar ciertas altas, bajas, licencias y beneficiarios en un plazo no mayor de quince días, conforme al artículo 29.
- El Consejo Directivo debe reunirse por lo menos trimestralmente, conforme al artículo 40.
- El reglamento orgánico previsto en los transitorios originales debía expedirse en un plazo no mayor de 180 días desde la vigencia de la ley.
- Algunos transitorios de reformas fijaron plazos de noventa días naturales y sesenta días hábiles para reglas o integración de comités institucionales.

## Derechos principales

- Los militares pueden acceder a apoyos financieros, créditos y servicios bancarios previstos en la ley.
- Los titulares de fondos de ahorro pueden disponer de ellos al obtener licencia ilimitada, quedar separados del activo o en los supuestos periódicos previstos.
- Los elementos de tropa o equivalentes en la Armada pueden disponer del fondo de trabajo cuando se separan del activo, ascienden o reciben licencia ilimitada.
- Las personas beneficiarias designadas pueden recibir fondos en caso de fallecimiento del titular.
- Los militares pueden obtener préstamos hipotecarios para vivienda cuando cumplan los requisitos legales y existan recursos disponibles.
- Los fondos de ahorro y trabajo son inembargables e intransmisibles, salvo adeudos derivados de operaciones de la ley o disposición judicial por alimentos.

## Obligaciones principales

- La Sociedad debe ajustar sus programas a las políticas financieras del Gobierno Federal y coordinarse con las autoridades competentes.
- Generales, jefes y oficiales en activo deben aportar la cuota quincenal prevista para el fondo de ahorro.
- El Gobierno Federal debe realizar aportaciones equivalentes o específicas para fondos de ahorro y de trabajo.
- Las Secretarías de Defensa Nacional y Marina deben proporcionar datos para registros y comunicar oportunamente altas, bajas y beneficiarios.
- El Banco debe administrar los fondos conforme a reglas de Hacienda y a las condiciones autorizadas por su Consejo Directivo.
- El Consejo Directivo y el Director General deben ejercer sus facultades de administración, presupuesto, control y representación dentro de la ley.

## Autoridades relacionadas

- Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada.
- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Secretaría de la Defensa Nacional.
- Secretaría de Marina.
- Banco de México.
- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
- Gobierno Federal.
- Consejo Directivo y Dirección General del Banco.
- Autoridades judiciales y militares en supuestos de fondos, justicia militar y alimentos.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Solicitud y otorgamiento de créditos a militares en activo, retirados o pensionistas.
- Administración y disposición de fondos de ahorro y de trabajo.
- Designación y reconocimiento de beneficiarios de fondos.
- Solicitud de préstamos hipotecarios para adquisición, construcción, reparación, ampliación o liberación de vivienda.
- Autorización para establecer o clausurar sucursales, agencias u oficinas.
- Descuentos por adeudos exigibles derivados de operaciones con la Sociedad.
- Constitución de reservas y fondos necesarios para cumplir el objeto institucional.
- Depósitos en efectivo de alumnos que causan alta en escuelas militares para garantizar su aprovechamiento.

## Sanciones o consecuencias

- El personal sustraído a la acción de la justicia militar no puede disponer de fondos de ahorro o trabajo mientras no exista resolución definitiva.
- Los adeudos vencidos pueden descontarse de fondos de ahorro, fondos de trabajo, haberes de retiro o percepciones, según corresponda.
- El beneficio fiscal de vivienda cesa cuando el inmueble se enajena o se destina a otro fin.
- La participación extranjera en el capital de la Sociedad está prohibida en los términos del artículo 36.
- Los consejeros de la serie B y consejeros independientes pueden ser removidos por las causas previstas en la ley.
- Los actos previos fundados en la ley abrogada continuaron vigentes hasta su revocación o modificación por autoridad competente.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define a Banjercito como sociedad nacional de crédito, institución de banca de desarrollo, con personalidad y patrimonio propios. |
| 3 | Establece el objeto de otorgar apoyos financieros a miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada Mexicanos. |
| 6 | Enumera facultades para apoyar financieramente, administrar fondos y promover financiamiento. |
| 7 | Precisa operaciones bancarias, créditos, bonos de desarrollo, vivienda y servicios de pago. |
| 11 | Regula la aportación quincenal del fondo de ahorro y la aportación equivalente del Gobierno Federal. |
| 14 | Define el fondo de trabajo para tropa o equivalentes en la Armada. |
| 19 | Protege fondos de ahorro y trabajo como inembargables e intransmisibles. |
| 24 | Regula préstamos hipotecarios para vivienda del militar. |
| 29 | Obliga a Defensa Nacional y Marina a informar datos relevantes al Banco. |
| 38 | Establece que la administración corresponde al Consejo Directivo y al Director General. |
| 45 | Señala que el Director General será designado por el Ejecutivo Federal y debe ser General o Jefe de las Fuerzas Armadas. |
| 50 | Atribuye a Hacienda la interpretación administrativa de la ley. |

## Leyes relacionadas

- [Ley De Instituciones De Crédito](/LIC/)
- [Ley Del Banco De México](/74/)
- [Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito](/LGTOC/)
- [Ley Del Instituto De Seguridad Social Para Las Fuerzas Armadas Mexicanas](/LISSFAM/)
- [Ley Orgánica Del Ejército Y Fuerza Aérea Mexicanos](/LOEFAM/)
- [Ley Orgánica De La Armada De México](/LOAM/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de enero de 1986 y abrogó la ley orgánica anterior del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada. El texto consultado se identifica como vigente y reporta última reforma publicada el 10 de enero de 2014. Los transitorios originales establecieron entrada en vigor al día siguiente de su publicación y continuidad temporal de actos, autorizaciones y reglamento orgánico anterior hasta su modificación o sustitución.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Para qué sirve la Ley Orgánica de Banjercito?

Sirve para organizar el banco de desarrollo especializado en atender financieramente al personal del Ejército, Fuerza Aérea y Armada. También establece cómo se administran fondos, créditos, órganos de gobierno y obligaciones de coordinación con autoridades financieras y militares.

### ¿Quiénes pueden recibir créditos conforme a esta ley?

Principalmente militares en activo, militares en retiro y pensionistas, siempre que cumplan los requisitos legales y operativos. Para vivienda, la ley prevé préstamos hipotecarios a militares que perciban haber o haber de retiro con cargo al Erario Federal.

### ¿Qué son los fondos de ahorro y de trabajo?

Son recursos vinculados al personal militar. El fondo de ahorro se forma con aportaciones de generales, jefes y oficiales y del Gobierno Federal; el fondo de trabajo se constituye para elementos de tropa o equivalentes en la Armada.

### ¿Los fondos pueden embargarse?

La ley establece que los fondos de ahorro y de trabajo son inembargables e intransmisibles. Sólo pueden afectarse por adeudos exigibles derivados de operaciones previstas en la propia ley o por disposición judicial en materia de alimentos.

### ¿Qué autoridades supervisan o intervienen en la operación del Banco?

Intervienen principalmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Banco de México, Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina. Además, el Banco opera mediante su Consejo Directivo y su Director General.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lobnefaa.htm)
- Word oficial: [167.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/167.doc)
- PDF oficial: [167.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/167.pdf)
- PDF móvil: [Ley_Organica_del_Banco_Nacional_del_Ejercito_Fuerza_Aerea_y_Armada.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Organica_del_Banco_Nacional_del_Ejercito_Fuerza_Aerea_y_Armada.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional.
