# Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional - Artículo 25

Clave: 171
Artículo: 25
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 25
.- El Consejo General Consultivo estará integrado por;
I
- El Director General del Instituto, como Presidente;
II
- El Secretario General del Instituto, como Secretario;
III
- Los Secretarios de Area;
IV
- Los Directores de Coordinación;
V
- El Abogado General;
VI
- El Presidente del Decanato;
VII
- Los Directores de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación.
VIII
- Un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza media superior y un representante profesor por cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza superior;
IX
- Tres representantes alumnos de enseñanza media superior, tres de enseñanza superior y uno de graduados por cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias Sociales y Administrativas, Médico Biológicas y de Ingeniería y Ciencias Físico Matemáticas;
X
- El Director del Centro de Investigación y de Estudios Avanzados del Instituto Politécnico Nacional;
Fe de erratas a la fracción DOF
XI
- El Secretario Ejecutivo de la Comisión de Operación y Fomento de Actividades Académicas del Instituto Politécnico Nacional;
Fe de erratas a la fracción DOF
XII
- El Secretario Ejecutivo del Patronato de Obras e Instalaciones del Instituto Politécnico Nacional, y
Fe de erratas a la fracción DOF
XIII
- Un representante del personal docente y un representante del personal no docente designados por las secciones sindicales correspondientes.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Orgánica Del Instituto Politécnico Nacional, artículo 25.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
