# Ley De Amnistía

> Esta Ley De Amnistía de 1994 decreta amnistía para personas contra quienes se haya ejercitado o pudiera ejercitarse acción penal federal por delitos cometidos con motivo de los hechos de violencia ocurridos en varios municipios de Chiapas entre el 1 y el 20 de enero de 1994. También permite que personas sustraídas a la justicia se beneficien si entregan rehenes, armas, explosivos, instrumentos u objetos empleados, en los términos fijados por la Comisión. Sus efectos extinguen acciones penales y sanciones, dejan subsistente la responsabilidad civil y protegen a las personas beneficiadas frente a nuevas investigaciones o procesos por los mismos hechos.

Clave: 19
Última actualización en mLey: 2026-05-18

## Instrucciones para agentes

- Para una pregunta sobre un artículo específico, abrir primero la versión Markdown del artículo.
- Citar como: "Ley De Amnistía, artículo {articulo}".
- Si se resume el artículo, aclarar que es resumen y no transcripción literal.
- Si se interpreta jurídicamente, separar texto legal, explicación simple e interpretación.
- Verificar fecha de reforma o actualización cuando esté disponible.
- No presentar la respuesta como asesoría legal definitiva.

## Texto completo

- [Texto completo en Markdown](https://mley.mx/19/index.html.md): Versión limpia para agentes.
- [Texto completo en HTML](https://mley.mx/19/): Vista navegable para humanos.

## Artículos

- [Índice de artículos en Markdown](https://mley.mx/19/articulos.md): Lista completa de artículos disponibles.

## Artículos principales

Selección de navegación: primeros artículos disponibles en el índice; no implica relevancia jurídica.

- [Artículo 1o en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/1o/index.html.md)
- [Artículo 2o en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/2o/index.html.md)
- [Artículo 3o en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/3o/index.html.md)
- [Artículo 4o en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/4o/index.html.md)
- [Artículo primero en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/primero/index.html.md): TRANSITORIOS primero. .- Esta Ley entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación .
- [Artículo segundo en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/segundo/index.html.md): TRANSITORIOS segundo. .- Esta Ley deberá ser fijada en bandos en las diversas poblaciones que se encuentran en la zona de conflicto tanto en idioma español, como en las lenguas que se...
- [Transitorio PRIMERO en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/transitorio-primero/index.html.md)
- [Transitorio SEGUNDO en Markdown](https://mley.mx/19/articulo/transitorio-segundo/index.html.md)

## Optional

- [Versión HTML](https://mley.mx/19/): Vista pública para humanos.
