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law_title: "Ley Que Crea El Instituto Nacional De Bellas Artes Y Literatura"
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# Ley Que Crea El Instituto Nacional De Bellas Artes Y Literatura - Artículo 10

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## Texto del artículo

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ARTICULO 10.- El Consejo del Instituto funcionará como Cuerpo Consultivo en asuntos técnicos que no sean por su naturaleza de la exclusiva competencia del Consejo Técnico Pedagógico y en materia administrativa tendrá, además de las funciones que deriven de los términos de la presente Ley, específicamente la de formular y proponer a la Secretaría de Cultura los presupuestos anuales del propio Instituto.
Artículo reformado DOF 17-12-2015
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## Resumen corto

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Regla de 193_171215 sobre competencia de autoridades: El Consejo del Instituto funcionará como Cuerpo Consultivo en asuntos técnicos que no sean por su naturaleza de la exclusiva competencia del Consejo Técnico Pedagógico y...

## Explicación sencilla

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En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo del Instituto funcionará como Cuerpo Consultivo en asuntos técnicos que no sean por su naturaleza de la exclusiva competencia del Consejo Técnico Pedagógico y en materia administrativa tendrá, además de las funciones que deriven de los términos de...

## Para qué sirve este artículo

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Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Palabras clave

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artículo 10 193_171215, competencia de autoridades, artículo 10 ley que crea el instituto nacional de bellas artes y literatura, facultades de autoridad, autoridad competente, autoridad 193_171215, Secretaría de Cultura

## Intención de búsqueda

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- Informacional: entender qué dice artículo 10 de 193_171215.
- Orientación institucional: identificar qué autoridad puede intervenir.

## Tipo de contenido jurídico

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- Competencia de autoridad

## Autoridad o sujeto relacionado

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- Secretaría de Cultura

## Conceptos importantes

No se detectaron conceptos definidos dentro de este artículo.

## Ejemplo práctico

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Ejemplo: una persona identifica qué autoridad puede conocer de su caso o qué facultad puede ejercer.

## Qué puede hacer una persona con este artículo

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Puede usarlo como fundamento para ubicar la regla aplicable y conectarla con otros artículos, trámites o autoridades.

## Límites, excepciones o condiciones

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Su aplicación depende del caso concreto y de las demás disposiciones de esta ley, lineamientos y criterios de la autoridad competente.

## Artículos relacionados

No se detectaron referencias internas directas a otros artículos de esta ley.

## Leyes que cita este artículo

No se detectaron citas explícitas a otras leyes en este artículo.

## Leyes que citan este artículo

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Pendiente de alimentar con el índice de referencias inversas entre leyes.

## Preguntas frecuentes autogeneradas

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### ¿Qué dice artículo 10 de 193_171215?

En lenguaje ciudadano: este artículo fija una regla sobre competencia de autoridades. El Consejo del Instituto funcionará como Cuerpo Consultivo en asuntos técnicos que no sean por su naturaleza de la exclusiva competencia del Consejo Técnico Pedagógico y en materia administrativa tendrá, además de las funciones que deriven de los términos de...

### ¿Para qué sirve artículo 10?

Sirve para saber qué autoridad puede intervenir y qué facultades tiene frente al caso regulado.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/linbal.htm)
- Word oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/193_171215.doc)
- PDF oficial: [documento oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/193_171215.pdf)

## Aviso

Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal.
