---
law_key: "193_171215"
title: "Ley Que Crea El Instituto Nacional De Bellas Artes Y Literatura"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
---

## Resumen de la ley

La Ley Que Crea El Instituto Nacional De Bellas Artes Y Literatura crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura con personalidad jurídica propia y lo vincula con la Secretaría de Cultura. Define sus funciones de cultivo, fomento, estímulo, creación, investigación, educación profesional, organización y difusión de las bellas artes y la literatura. También regula su patrimonio, dependencias artísticas y docentes, dirección, consejo, administración interna, subsidio federal y otorgamiento del Premio Nacional de Arte y Literatura.

## Qué regula

- Creación del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
- Dependencia del Instituto respecto de la Secretaría de Cultura.
- Funciones en música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, bellas letras y arquitectura.
- Educación profesional en las ramas de las bellas artes y coordinación pedagógica.
- Administración de escuelas, servicios, subvenciones y trabajos artísticos patrocinados por el Gobierno Federal.
- Integración del patrimonio del Instituto.
- Organización interna, dirección, subdirección, consejo técnico y administración.
- Subsidio federal y partidas presupuestales.
- Premio Nacional de Arte y Literatura.
- Franquicias, exenciones y tratamiento de bienes del Instituto.

## A quién aplica

- Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
- Secretaría de Cultura.
- Secretaría de Educación Pública en materias educativas coordinadas.
- Escuelas, instituciones, servicios, museos, teatros y dependencias artísticas del Instituto.
- Director y Subdirector Generales del Instituto.
- Directores técnicos, jefes de departamento, personal técnico, administrativo y docente.
- Consejo Técnico y Consejo Técnico Pedagógico del Instituto.
- Gobierno Federal en materia de subsidio, patrimonio, bienes y programas culturales.
- Personas e instituciones que otorguen bienes, donaciones, legados o apoyos al Instituto.

## Materias principales

- Bellas artes, literatura y educación artística.
- Patrimonio cultural y bienes destinados al Instituto.
- Organización administrativa del Instituto.
- Escuelas, museos, teatros y dependencias artísticas.
- Subsidios, presupuesto e ingresos propios.
- Consejos técnicos y funcionamiento institucional.
- Premio Nacional de Arte y Literatura.
- Relación con Secretaría de Cultura y Secretaría de Educación Pública.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Instituto | Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura creado por la ley. |
| Secretaría de Cultura | Dependencia a la que queda vinculado el Instituto conforme al texto vigente. |
| Bellas Artes | Música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, bellas letras y arquitectura. |
| Consejo Técnico | Organismo integrado por directivos y técnicos del Instituto. |
| Consejo Técnico Pedagógico | Órgano de coordinación, planeación, organización y funcionamiento en materia educativa artística. |
| Patrimonio del Instituto | Bienes, subsidios, partidas, colecciones, edificios, cuotas, donaciones e ingresos previstos por la ley. |
| Director General | Autoridad que dirige al Instituto y preside órganos técnicos en los términos legales. |
| Departamento Administrativo | Área responsable de administración interna, vigilancia y erogaciones aprobadas. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Creación y funciones | 1 y 2 | Crea el Instituto y define sus funciones artísticas, literarias y educativas. |
| Escuelas y servicios | 3 | Asigna al Instituto instituciones futuras y subvenciones con fines semejantes. |
| Patrimonio | 4 y 5 | Integra bienes, subsidios, colecciones, ingresos y reglas sobre bienes. |
| Organización interna | 6 a 9 | Regula dependencias, dirección, personal y Consejo Técnico. |
| Consejo y administración | 10 a 12 | Define funciones consultivas, sesiones y administración interna. |
| Franquicias y exenciones | 13 y 14 | Regula franquicia postal, telegráfica y exenciones. |
| Presupuesto y premio | 15 y 16 | Ordena subsidio anual y Premio Nacional de Arte y Literatura. |
| Transitorios | Transitorios | Regula transferencia de bienes, presupuesto y entrada en vigor. |

## Plazos importantes

- La ley fue publicada el 31 de diciembre de 1946.
- La ley entró en vigor el 1 de enero de 1947.
- El Consejo del Instituto debe reunirse mensualmente en sesión ordinaria y cuando sea convocado en sesión extraordinaria.
- El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Cultura, asigna anualmente subsidio y partidas presupuestales necesarias.
- La reforma publicada el 17 de diciembre de 2015 entró en vigor al día siguiente de su publicación.
- El decreto de 2015 transformó el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes en Secretaría de Cultura y mantuvo vigentes normas que no se opusieran al decreto hasta su modificación o abrogación.

## Derechos principales

- Derecho institucional del Instituto a personalidad jurídica propia.
- Derecho del Instituto a administrar bienes e ingresos que integran su patrimonio.
- Derecho a recibir subsidio y partidas presupuestales necesarias conforme a la ley.
- Derecho a recibir donaciones, legados, herencias y otros bienes por título legal.
- Derecho a franquicia postal, telegráfica y descuentos aplicables a dependencias gubernamentales.
- Derecho a exenciones sobre bienes, aportaciones y percepciones en los términos de la ley.
- Derecho de la población a la difusión, fomento y acceso a bellas artes y literatura por medio del Instituto.
- Derecho de estudiantes y población escolar a acciones de educación artística en coordinación con autoridades educativas.

## Obligaciones principales

- El Instituto debe cultivar, fomentar, estimular, crear e investigar las bellas artes y la literatura.
- El Instituto debe organizar y desarrollar educación profesional en ramas artísticas.
- El Instituto debe fomentar, organizar y difundir las bellas artes y bellas letras.
- Las escuelas e instituciones con finalidades semejantes creadas por el Gobierno Federal quedan a cargo del Instituto.
- El Director General y autoridades internas deben conducir el funcionamiento del Instituto conforme al reglamento.
- El Consejo debe formular y proponer presupuestos anuales a la Secretaría de Cultura.
- El Departamento Administrativo debe manejar erogaciones aprobadas y vigilar la marcha interna.
- La Secretaría de Cultura, a través del Instituto, debe otorgar el Premio Nacional de Arte y Literatura conforme a la ley aplicable.

## Autoridades relacionadas

- Secretaría de Cultura.
- Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.
- Secretaría de Educación Pública.
- Gobierno Federal.
- Consejo Técnico del Instituto.
- Consejo Técnico Pedagógico.
- Director General y Subdirector General del Instituto.
- Departamento Administrativo del Instituto.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Asignación anual de subsidio federal y partidas presupuestales.
- Administración, adquisición y conservación de bienes del Instituto.
- Entrega o adscripción de escuelas, instituciones y servicios artísticos.
- Integración y funcionamiento del Consejo Técnico.
- Sesiones ordinarias mensuales y extraordinarias del Consejo.
- Formulación y propuesta de presupuestos anuales.
- Designación de Director, Subdirector, directores técnicos y personal de confianza.
- Otorgamiento del Premio Nacional de Arte y Literatura.
- Recepción de donaciones, legados, herencias y otros ingresos.

## Sanciones o consecuencias

- Los bienes muebles e inmuebles proporcionados o adquiridos por el Instituto no pueden enajenarse, hipotecarse, canjearse ni darse en prenda fuera de las leyes aplicables a bienes nacionales.
- Las instituciones futuras con finalidades semejantes quedan bajo dependencia del Instituto.
- Las subvenciones, trabajos y patrocinios federales para fines propios del Instituto deben otorgarse, encargarse o patrocinarse por éste.
- El Jefe del Departamento Administrativo es empleado de confianza y debe rendir fianza.
- Las reformas de 2015 trasladan referencias y atribuciones culturales a la Secretaría de Cultura.
- La ley deroga disposiciones que se opongan a su contenido en los términos transitorios.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura con personalidad jurídica propia. |
| 2 | Define funciones artísticas, literarias, educativas y de difusión. |
| 3 | Asigna al Instituto escuelas, instituciones, subvenciones y patrocinios semejantes. |
| 4 | Enumera los bienes e ingresos que integran el patrimonio del Instituto. |
| 5 | Protege bienes del Instituto conforme al régimen de bienes nacionales. |
| 6 | Describe dependencias artísticas y docentes del Instituto. |
| 7 | Regula designación de Director y Subdirector Generales. |
| 10 | Establece funciones consultivas y presupuestales del Consejo. |
| 11 | Ordena sesiones mensuales del Consejo. |
| 12 | Regula administración interna y Departamento Administrativo. |
| 15 | Ordena subsidio y partidas presupuestales anuales. |
| 16 | Atribuye el Premio Nacional de Arte y Literatura a la Secretaría de Cultura a través del Instituto. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley General De Cultura Y Derechos Culturales](/LGCDC/)
- [Ley General De Educación](/LGE/)
- [Ley De Premios, Estímulos Y Recompensas Civiles](/LPERC/)
- [Ley Federal De Las Entidades Paraestatales](/LFEP/)
- [Ley General De Bienes Nacionales](/LGBN/)
- [Ley Orgánica De La Administración Pública Federal](/LOAPF/)
- [Ley Federal De Presupuesto Y Responsabilidad Hacendaria](/LFPRH/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1946 y entró en vigor el 1 de enero de 1947. El texto fuente la identifica como vigente y señala última reforma publicada el 17 de diciembre de 2015. Sus reformas principales ajustaron patrimonio y referencias institucionales, especialmente la sustitución de referencias culturales derivada de la creación de la Secretaría de Cultura.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué crea esta ley?

Crea el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura con personalidad jurídica propia y funciones de fomento, creación, investigación, educación y difusión artística.

### ¿De qué secretaría depende el Instituto?

El texto vigente establece que el Instituto depende de la Secretaría de Cultura, con coordinación educativa específica con la Secretaría de Educación Pública.

### ¿Qué disciplinas cubre el Instituto?

Música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, bellas letras y arquitectura, además de actividades de educación profesional y difusión cultural.

### ¿Cómo se integra su patrimonio?

Con subsidios, partidas presupuestales, edificios, colecciones, bienes, ingresos por cuotas, publicaciones, arrendamientos, donaciones, legados y otros ingresos permitidos.

### ¿Qué regula sobre el Premio Nacional de Arte y Literatura?

Establece que corresponde a la Secretaría de Cultura, a través del Instituto, otorgar el premio conforme a la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/linbal.htm)
- Word oficial: [193_171215.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/193_171215.doc)
- PDF oficial: [193_171215.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/193_171215.pdf)
- PDF móvil: [Ley_que_crea_el_Instituto_Nacional_de_Bellas_Artes_y_Literatura.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_que_crea_el_Instituto_Nacional_de_Bellas_Artes_y_Literatura.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional.
