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law_key: "197"
title: "Ley Que Declara Reservas Mineras Nacionales Los Yacimientos De Uranio, Torio Y Las Demás Substancias De Las Cuales Se Obtengan Isótopos Hendibles Que Puedan Producir Energía Nuclear"
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status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley Que Declara Reservas Mineras Nacionales Los Yacimientos De Uranio, Torio Y Las Demás Substancias De Las Cuales Se Obtengan Isótopos Hendibles Que Puedan Producir Energía Nuclear establece un régimen especial para yacimientos de uranio, torio y otras sustancias de las que puedan obtenerse isótopos hendibles o materias radioactivas capaces de producir energía nuclear. Declara esos yacimientos como reservas mineras nacionales cuando estén en terreno libre y reserva su explotación al Estado.

La norma regula avisos obligatorios por descubrimiento, posesión, transferencia, importación, exportación y transporte de sustancias nucleares o radioactivas, además de sanciones penales, decomiso, rescate de concesiones, clausura de establecimientos e inhabilitación profesional en determinados casos.

## Qué regula

- Uranio, torio y sustancias de las que puedan obtenerse isótopos hendibles o materias radioactivas.
- Declaración de reservas mineras nacionales.
- Explotación exclusiva por el Estado, el Ejecutivo Federal o institución oficial designada.
- Aviso obligatorio de titulares de concesiones mineras cuando descubran sustancias reguladas.
- Posesión, transferencia, exportación e importación de sustancias radioactivas y plutonio Pu-239.
- Transporte sujeto a permiso.
- Rescate de concesiones por infracción al deber de aviso.
- Delitos, multas, prisión, clausura, inhabilitación y decomiso.
- Competencia federal.

## A quién aplica

- Ejecutivo Federal.
- Institución oficial designada para explotar, recibir o administrar sustancias reguladas.
- Titulares de concesiones mineras.
- Personas que descubran, exploten, posean, comercien, transporten, importen o exporten uranio, torio, plutonio Pu-239 u otras sustancias reguladas.
- Comerciantes, laboratoristas, químicos, físicos y profesionistas que manejen sustancias radioactivas.
- Tribunales federales competentes en delitos previstos por la ley.
- Autoridades mineras y de bienes nacionales que intervengan en rescate de concesiones.

## Materias principales

- Reservas mineras nacionales.
- Uranio, torio y plutonio Pu-239.
- Isótopos hendibles y energía nuclear.
- Concesiones mineras y descubrimientos.
- Permisos de transporte de sustancias radioactivas.
- Control estatal de materiales nucleares.
- Sanciones penales y administrativas.
- Decomiso de sustancias y objetos usados en delitos.
- Competencia federal.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Sustancias reguladas | Uranio, torio y demás sustancias de las que puedan obtenerse isótopos hendibles o materias radioactivas capaces de producir energía nuclear. |
| Reservas mineras nacionales | Yacimientos de sustancias reguladas ubicados en terreno libre. |
| Isótopos hendibles | Materiales capaces de participar en procesos de fisión nuclear para producir energía. |
| Plutonio Pu-239 | Sustancia incluida expresamente en restricciones de posesión, transferencia, importación, exportación y transporte. |
| Institución oficial designada | Entidad que el Ejecutivo Federal puede determinar para realizar actividades reservadas al Estado. |
| Decomiso | Pérdida de sustancias y objetos empleados en delitos, que deben ponerse a disposición del Ejecutivo Federal o institución designada. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Objeto y reservas | 1 a 3 | Define sustancias reguladas, reservas nacionales y explotación estatal. |
| Aviso por descubrimiento | 4 y 14 | Obliga a concesionarios a informar dentro de plazo y sanciona la omisión. |
| Control estatal de sustancias | 6 y 8 | Limita posesión, transferencia, comercio exterior y transporte. |
| Rescate de concesiones | 9 | Prevé consecuencia administrativa por incumplir el deber de aviso. |
| Delitos y penas | 10 a 14 | Establece prisión, multas, clausura e inhabilitación. |
| Decomiso y competencia | 15 y 16 | Ordena decomiso y competencia de tribunales federales. |
| Reforma de 1972 | Transitorios de reforma | Deroga artículos 5 y 7 y sustituye referencias institucionales. |

## Plazos importantes

- La ley fue publicada el 26 de enero de 1950.
- Entró en vigor tres días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- Los titulares de concesiones mineras deben dar aviso dentro de los treinta días siguientes al descubrimiento de sustancias reguladas.
- La última reforma indicada en el texto fuente fue publicada el 12 de enero de 1972.
- La reforma de 1972 entró en vigor al día siguiente de su publicación.

## Derechos principales

- Derecho del Estado a explotar de manera exclusiva los yacimientos declarados reservas mineras nacionales.
- Derecho del Ejecutivo Federal o institución oficial designada a recibir sustancias reguladas descubiertas por concesionarios.
- Derecho del Estado a rescatar concesiones cuando se incumpla el deber de aviso.
- Derecho de la autoridad a decomisar sustancias y objetos empleados en delitos previstos por la ley.
- Derecho de la Federación a conocer penalmente de los delitos regulados.

## Obligaciones principales

- Los concesionarios mineros deben poner las sustancias reguladas a disposición del Ejecutivo Federal o institución designada.
- Deben dar aviso dentro de los treinta días siguientes al descubrimiento.
- Las personas deben abstenerse de explotar reservas nacionales sin autorización estatal.
- Nadie puede comerciar, poseer, extraer, refinar, comprar, enajenar, suministrar o traficar sustancias reguladas fuera de la ley.
- La importación y exportación de sustancias reguladas sólo puede realizarse conforme a la ley.
- El transporte de sustancias radioactivas y plutonio Pu-239 requiere permiso.

## Autoridades relacionadas

- Ejecutivo Federal.
- Institución oficial designada por el Ejecutivo Federal.
- Autoridades mineras federales.
- Autoridades competentes en bienes nacionales y rescate de concesiones.
- Tribunales de la Federación.
- Autoridades responsables de comercio exterior, transporte y control de sustancias radioactivas conforme a legislación aplicable.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Aviso de descubrimiento de uranio, torio u otras sustancias reguladas.
- Puesta a disposición de sustancias ante el Ejecutivo Federal o institución oficial.
- Solicitud de permiso para transporte de sustancias radioactivas.
- Procedimiento de rescate de concesión por incumplimiento.
- Investigación y persecución de delitos federales previstos por la ley.
- Decomiso de sustancias y objetos empleados en la comisión de delitos.
- Clausura temporal de establecimientos cuando proceda.
- Inhabilitación profesional en casos previstos.

## Sanciones o consecuencias

- Prisión de uno a diez años y multa de cien a diez mil pesos por explotar reservas o traficar sustancias reguladas fuera de la ley.
- Clausura de establecimientos de uno a tres años cuando ciertos actos sean realizados por comerciantes, laboratoristas, químicos o físicos.
- Inhabilitación profesional de dos a seis años cuando quien cometa actos sancionados ejerza medicina, ingeniería, química o física.
- Prisión de seis a doce años y multa de quinientos a veinte mil pesos por importación o exportación indebida de sustancias reguladas.
- Prisión de tres días a un año y multa de cien a mil pesos por omitir el aviso del artículo 4.
- Decomiso de sustancias y objetos empleados en delitos.
- Posible rescate de concesión minera por incumplimiento del deber de aviso.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define el universo de sustancias reguladas. |
| 2 | Declara reservas mineras nacionales ciertos yacimientos. |
| 3 | Reserva la explotación al Estado. |
| 4 | Obliga a concesionarios a avisar y poner sustancias a disposición oficial. |
| 6 | Limita posesión, transferencia, importación y exportación. |
| 8 | Exige permiso para transporte. |
| 9 | Prevé rescate de concesión. |
| 10 a 14 | Contienen penas de prisión, multas, clausura e inhabilitación. |
| 15 | Ordena decomiso. |
| 16 | Da competencia a tribunales federales. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Reglamentaria Del Artículo 27 Constitucional En Materia Nuclear](/207/)
- [Ley De Responsabilidad Civil Por Daños Nucleares](/LRCDN/)
- [Ley Minera](/LMin/)
- [Código Penal Federal](/CPF/)
- [Ley General De Salud](/LGS/)
- [Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente](/LGEEPA/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 1950. El texto fuente la identifica como vigente y señala última reforma publicada el 12 de enero de 1972. Esa reforma derogó los artículos 5 y 7 y vinculó el régimen con el entonces Instituto Nacional de Energía Nuclear. La regulación debe leerse junto con la legislación nuclear posterior y las normas de seguridad, transporte, salud, ambiente y responsabilidad civil aplicables.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué sustancias regula esta ley?

Regula uranio, torio, plutonio Pu-239 y otras sustancias de las que puedan obtenerse isótopos hendibles o materias radioactivas capaces de producir energía nuclear.

### ¿Quién puede explotar estos yacimientos?

La explotación de los yacimientos declarados reservas mineras nacionales corresponde únicamente al Estado, por conducto del Ejecutivo Federal o institución oficial designada.

### ¿Qué debe hacer un concesionario si descubre uranio o torio?

Debe avisar y poner las sustancias a disposición del Ejecutivo Federal o institución oficial dentro de los treinta días siguientes al descubrimiento.

### ¿Se necesita permiso para transportar sustancias radioactivas?

Sí. El transporte de las sustancias reguladas y del plutonio Pu-239 requiere permiso conforme al reglamento aplicable.

### ¿Qué sanciones prevé la ley?

Prevé prisión, multas, clausura, inhabilitación profesional, decomiso y posible rescate de concesiones.

## Fuente oficial

- [Ficha de la Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrmnyut.htm)
- [PDF oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/197.pdf)
- [Documento Word oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/197.doc)

## Aviso

Esta guía es un resumen informativo y no sustituye la lectura del texto oficial ni la asesoría jurídica especializada.
