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title: "Ley Reglamentaria De La Fracción V Del Artículo 76 De La Constitución General De La República"
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status: reviewed
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## Resumen de la ley

La Ley Reglamentaria De La Fracción V Del Artículo 76 De La Constitución General De La República regula la facultad exclusiva del Senado para declarar la desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de un Estado y para determinar que debe nombrarse un gobernador provisional. Define los supuestos en que se configura la desaparición de poderes, quién puede pedir la intervención del Senado, plazos de resolución, convocatoria a sesiones extraordinarias y reglas para integrar una terna y designar gobernador provisional.

También regula requisitos, protesta, prohibiciones, obligaciones y consecuencias aplicables al gobernador provisional, incluyendo la convocatoria a elecciones, designación provisional de magistrados, revocación por incumplimiento y reglas para casos cercanos a elecciones ordinarias.

## Qué regula

- Declaratoria de desaparición de poderes de un Estado.
- Competencia exclusiva de la Cámara de Senadores.
- Supuestos de desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estatales.
- Peticiones formuladas por senadores, diputados federales o ciudadanos de la entidad.
- Intervención de la Comisión Permanente durante recesos.
- Presentación de terna por la persona titular del Ejecutivo Federal.
- Designación de gobernador provisional.
- Requisitos y protesta del gobernador provisional.
- Convocatoria a elecciones estatales.
- Designación provisional de magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
- Revocación de designación por incumplimiento.

## A quién aplica

- Cámara de Senadores.
- Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
- Presidente de la República.
- Titulares de poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los estados.
- Ciudadanos de la entidad federativa afectada.
- Senadores y diputados federales que presenten petición.
- Gobernador provisional designado.
- Congreso o legislatura estatal que resulte electa.
- Tribunal Superior de Justicia estatal.
- Secretarios de juzgados en situaciones transitorias.

## Materias principales

- Federalismo.
- Desaparición de poderes estatales.
- Senado de la República.
- Gobernador provisional.
- Orden constitucional local.
- Elecciones extraordinarias estatales.
- Terna presidencial.
- Comisión Permanente.
- Reorganización de poderes estatales.
- Requisitos constitucionales para cargos estatales.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Desaparición de poderes | Situación en la que se configuran supuestos legales respecto de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de un Estado. |
| Gobernador provisional | Persona designada para conducir temporalmente el Ejecutivo estatal tras la declaratoria. |
| Terna | Lista de tres personas propuesta por el Presidente de la República o, en su caso, por la Directiva del Senado. |
| Comisión Permanente | Órgano que actúa durante recesos del Congreso y puede convocar sesiones extraordinarias. |
| Titulares de poderes constitucionales | Autoridades estatales que integran los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. |
| Declaratoria | Resolución del Senado que determina desaparición de poderes y necesidad de nombrar gobernador provisional. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Competencia del Senado | 1 | Reconoce facultad exclusiva para declarar desaparición de poderes. |
| Supuestos de desaparición | 2 | Enumera conductas o situaciones que configuran el caso. |
| Petición y dictamen | 3 | Regula quién puede pedir y plazo de resolución. |
| Receso legislativo | 4 y 7 | Regula actuación de la Comisión Permanente. |
| Terna y designación | 5 y 6 | Prevé propuesta presidencial o terna de la Directiva del Senado. |
| Requisitos e impedimentos | 8 y 9 | Evita nombrar a integrantes de poderes desaparecidos y exige requisitos constitucionales. |
| Deberes del gobernador provisional | 10 a 12 | Regula protesta, elecciones y prohibición de candidatura. |
| Incumplimiento | 13 | Prevé revocación de designación. |
| Casos cercanos a elecciones | 14 y 15 | Ordena reglas de conclusión de periodo y funciones judiciales transitorias. |

## Plazos importantes

- La ley fue publicada el 29 de diciembre de 1978.
- Entró en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- El Senado debe resolver, en su caso, dentro de los cinco días siguientes al recibo de la petición.
- Durante recesos, la Comisión Permanente debe convocar para que el Senado se reúna dentro de los tres días siguientes.
- La terna presidencial debe presentarse dentro de los tres días siguientes a la solicitud del Senado.
- El gobernador provisional debe convocar elecciones dentro de los tres meses siguientes a la asunción del cargo.
- Las elecciones deben efectuarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de convocatoria.
- Si la desaparición se declara dentro de los seis meses anteriores a elecciones ordinarias de gobernador, opera la regla especial del artículo 14.

## Derechos principales

- Derecho de senadores, diputados federales y ciudadanos de la entidad a formular petición para que el Senado conozca de posibles causas.
- Derecho de la entidad federativa a restaurar sus poderes mediante designación provisional y elecciones.
- Derecho del Senado a requerir una terna presidencial.
- Derecho de la Comisión Permanente a intervenir durante recesos en los casos previstos.
- Derecho de la ciudadanía estatal a nuevas elecciones cuando proceda conforme a la ley.

## Obligaciones principales

- El Senado debe determinar si se configuró la desaparición de poderes y dictar declaratoria cuando proceda.
- La Comisión Permanente debe convocar a sesiones extraordinarias cuando la ley lo exige.
- El Presidente de la República debe presentar terna dentro del plazo legal.
- El gobernador provisional debe protestar ante el Senado o la Comisión Permanente.
- El gobernador provisional debe convocar elecciones de gobernador y de integrantes del Congreso o legislatura estatal.
- El gobernador provisional debe designar provisionalmente magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
- El gobernador provisional debe abstenerse de participar como candidato en las elecciones convocadas.

## Autoridades relacionadas

- Cámara de Senadores.
- Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
- Presidente de la República.
- Directiva del Senado.
- Congreso de la Unión.
- Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de los estados.
- Gobernador provisional.
- Congreso o legislatura estatal.
- Tribunal Superior de Justicia estatal.
- Secretarios de juzgados.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Presentación de petición de desaparición de poderes.
- Turno a comisión correspondiente para dictamen.
- Convocatoria a sesiones extraordinarias durante receso.
- Declaratoria del Senado sobre desaparición de poderes.
- Solicitud de terna al Presidente de la República.
- Designación de gobernador provisional.
- Protesta del gobernador provisional.
- Convocatoria a elecciones estatales.
- Designación provisional de magistrados del Tribunal Superior de Justicia.
- Revocación de designación por incumplimiento y nuevo nombramiento.

## Sanciones o consecuencias

- Si el Ejecutivo Federal no envía terna dentro del plazo, el Senado designa gobernador provisional de entre la terna que someta su Directiva.
- No puede nombrarse gobernador provisional a personas que formaron parte de los poderes desaparecidos al momento de la declaratoria.
- El gobernador provisional no puede ser candidato a gobernador en las elecciones que convoque.
- El incumplimiento de la ley por el gobernador provisional provoca revocación de su designación por el Senado y nuevo nombramiento.
- Si la desaparición ocurre dentro de los seis meses previos a elecciones ordinarias o existe gobernador electo, el gobernador provisional concluye el periodo respectivo.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Atribuye competencia exclusiva al Senado. |
| 2 | Define los supuestos de desaparición de poderes. |
| 3 | Regula quién puede pedir la intervención y el plazo de resolución. |
| 4 | Prevé sesiones extraordinarias durante receso. |
| 5 | Regula declaratoria y terna presidencial. |
| 6 | Permite designación por terna de la Directiva si el Ejecutivo no envía terna. |
| 7 | Da competencia a la Comisión Permanente en receso. |
| 8 y 9 | Establecen impedimentos y requisitos del gobernador provisional. |
| 11 | Ordena convocatoria a elecciones y designación provisional de magistrados. |
| 13 | Prevé revocación por incumplimiento. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos](/LOCGEUM/)
- [Reglamento Del Senado De La República](/Reg_Senado/)
- [Reglamento De La Cámara De Diputados](/Reg_Diputados/)
- [Ley Reglamentaria De La Fracción Vi Del Artículo 76 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/LRArt76_fracVI/)
- [Ley Reglamentaria De Las Fracciones I Y Ii Del Artículo 105 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/LRFIyII_Art105/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada el 29 de diciembre de 1978 y el texto fuente la identifica como vigente. Entró en vigor el mismo día de su publicación. Su materia se vincula directamente con el artículo 76 constitucional y con reglas parlamentarias del Senado y de la Comisión Permanente.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué regula esta ley?

Regula la facultad del Senado para declarar la desaparición de poderes de un Estado y nombrar gobernador provisional.

### ¿Quién puede pedir que el Senado conozca el caso?

Pueden formular petición senadores, diputados federales o ciudadanos de la entidad federativa afectada.

### ¿Cuánto tiempo tiene el Senado para resolver?

La resolución, en su caso, debe producirse dentro de los cinco días siguientes al recibo de la petición.

### ¿Quién propone la terna para gobernador provisional?

El Presidente de la República debe presentar una terna dentro de tres días; si no lo hace, el Senado designa de una terna de su Directiva.

### ¿El gobernador provisional puede competir en la elección que convoque?

No. La ley prohíbe que participe como candidato a gobernador en las elecciones convocadas por él.

## Fuente oficial

- [Ficha de la Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrfv_art76.htm)
- [PDF oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/202.pdf)
- [Documento Word oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/202.doc)

## Aviso

Esta guía es un resumen informativo y no sustituye la lectura del texto oficial ni la asesoría jurídica especializada.
