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law_key: "207"
title: "Ley Reglamentaria Del Artículo 27 Constitucional En Materia Nuclear"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

La Ley Reglamentaria Del Artículo 27 Constitucional En Materia Nuclear regula la exploración, explotación y beneficio de minerales radiactivos, el aprovechamiento de combustibles nucleares, los usos de la energía nuclear, la investigación nuclear, la industria nuclear, la seguridad nuclear, radiológica y física, las salvaguardias y las instituciones públicas encargadas de investigación y vigilancia. Establece que el uso de la energía nuclear sólo puede tener fines pacíficos.

La ley reserva a la Nación actividades estratégicas, regula autorizaciones para instalaciones y materiales radiactivos, impone avisos inmediatos por incidentes, prevé inspecciones, auditorías, medidas de seguridad, suspensión, cancelación, multas y recursos administrativos. También organiza el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares y la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

## Qué regula

- Exploración, explotación y beneficio de minerales radiactivos.
- Uso pacífico de la energía nuclear.
- Definiciones de combustible nuclear, material nuclear, material fisionable, material radiactivo e instalación nuclear o radiactiva.
- Propiedad nacional de minerales radiactivos y combustible nuclear.
- Asignaciones a organismos públicos para minerales radiactivos.
- Industria nuclear y actividades estratégicas.
- Generación de electricidad con combustibles nucleares.
- Producción y uso de radioisótopos.
- Seguridad nuclear, radiológica y física.
- Salvaguardias y control de materiales nucleares.
- Autorizaciones, permisos y licencias.
- Inspecciones, medidas de seguridad, multas y recursos.
- Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.
- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

## A quién aplica

- Secretaría de Energía.
- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
- Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.
- Comisión Federal de Electricidad.
- Organismos públicos competentes en minerales radiactivos.
- Titulares de concesiones y asignaciones mineras.
- Personas físicas o morales autorizadas para actividades con materiales radiactivos.
- Universidades, institutos y centros de investigación autorizados.
- Instalaciones nucleares y radiactivas.
- Personal de seguridad nuclear, radiológica y física.
- Autoridades de salud, ambiente, protección civil, aduanas y seguridad cuando corresponda.

## Materias principales

- Energía nuclear con fines pacíficos.
- Minerales radiactivos.
- Material nuclear y material radiactivo.
- Combustible nuclear.
- Industria nuclear estratégica.
- Seguridad nuclear, radiológica y física.
- Salvaguardias.
- Autorizaciones y permisos nucleares.
- Inspecciones y medidas preventivas.
- Multas, suspensión y cancelación.
- Investigación y tecnología nuclear.
- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en la ley |
| --- | --- |
| Combustible nuclear | Material de uranio natural, enriquecido, empobrecido o fisionable especial usado en reactor nuclear. |
| Instalación nuclear | Instalación donde se fabrica, procesa, utiliza, reprocesa o almacena combustible o material nuclear. |
| Instalación radiactiva | Instalación donde se produce, fabrica, almacena o usa material radiactivo o equipo que lo contenga. |
| Material nuclear | Cualquier material básico o material fisionable especial. |
| Material básico | Uranio natural, uranio con proporción inferior de isótopos 235, torio y otros materiales determinados. |
| Material fisionable especial | Plutonio 239 y 241, uranio 233, uranio enriquecido y otros materiales fisionables determinados. |
| Material radiactivo | Material que contiene núclidos que emiten radiación o se fisionan espontáneamente. |
| Fuente de radiación | Dispositivo o sustancia que emite radiación ionizante cuantificable. |
| Mineral radiactivo | Mineral con uranio, torio o combinaciones en concentración legal o determinada por la Secretaría. |
| Salvaguardias | Sistema de registro y control para evitar desviación de materiales nucleares a armas u otros usos no autorizados. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Disposiciones generales | 1 a 4 | Define objeto, fines pacíficos, conceptos y autoridad competente. |
| Minerales radiactivos | 5 a 10 | Regula propiedad nacional, avisos, asignaciones y sanciones por explotación indebida. |
| Industria nuclear | 11 a 18 | Identifica ciclo de combustible, actividades estratégicas y atribuciones del Ejecutivo. |
| Seguridad y salvaguardias | 19 a 40 | Regula seguridad, autorizaciones, inspecciones, medidas de seguridad, multas y recurso. |
| Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares | 41 a 49 | Organiza objeto, atribuciones, órganos, patrimonio y dirección. |
| Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias | 50 a 52 | Establece atribuciones, dirección y consejo consultivo. |
| Transitorios | Transitorios | Regulan entrada en vigor, abrogación previa, liquidación y transición institucional. |

## Plazos importantes

- La ley fue publicada el 4 de febrero de 1985.
- Entró en vigor al día siguiente de su publicación.
- Quien conozca yacimientos de minerales radiactivos debe dar aviso inmediato a la Secretaría de Energía.
- Titulares de concesiones y asignaciones mineras deben avisar por escrito dentro de diez días siguientes al descubrimiento.
- Incidentes con materiales o combustibles nucleares deben comunicarse de inmediato y formalizarse por escrito dentro de veinticuatro horas.
- El recurso contra resoluciones debe presentarse dentro de quince días hábiles siguientes a la notificación.
- La autoridad debe dictar resolución del recurso dentro de treinta días hábiles después de desahogar pruebas y diligencias.
- El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares debe reunirse ordinariamente por lo menos una vez cada tres meses.
- La liquidación de Uranio Mexicano debía concluir antes del 31 de diciembre de 1985.
- La última reforma indicada fue publicada el 9 de abril de 2012.

## Derechos principales

- Derecho de la Nación sobre minerales radiactivos y combustible nuclear.
- Derecho a que el uso de energía nuclear sea exclusivamente pacífico.
- Derecho de instituciones autorizadas a realizar actividades nucleares dentro del marco legal.
- Derecho de universidades, institutos y centros de investigación autorizados a usar reactores nucleares con fines no energéticos.
- Derecho de autorizados a recurrir resoluciones dentro del plazo legal.
- Derecho de trabajadores, población y ambiente a protección mediante seguridad radiológica.
- Derecho del Estado a vigilar salvaguardias y cumplimiento de tratados internacionales.

## Obligaciones principales

- Toda persona que conozca yacimientos de minerales radiactivos debe avisar de inmediato a la Secretaría de Energía.
- Concesionarios y asignatarios mineros deben avisar por escrito dentro de diez días si descubren minerales radiactivos.
- Las instalaciones nucleares y radiactivas deben cumplir requisitos de emplazamiento, diseño, construcción, operación, modificación, cierre y desmantelamiento.
- Operadores autorizados deben contar con personal de seguridad radiológica.
- Titulares de autorización son responsables directos de la seguridad radiológica.
- Actividades con material radiactivo, fuentes de radiación, transporte, almacenamiento o disposición final requieren autorización.
- Incidentes nucleares o radiológicos deben comunicarse de inmediato y formalizarse por escrito dentro de veinticuatro horas.
- Las instalaciones deben permitir inspecciones, auditorías, verificaciones y reconocimientos.

## Autoridades relacionadas

- Secretaría de Energía.
- Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
- Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.
- Comisión Federal de Electricidad.
- Consejo de Recursos Minerales.
- Comisión de Fomento Minero.
- Secretaría de Salud.
- Secretaría de Gobernación.
- Secretaría de Relaciones Exteriores.
- Secretaría de Marina.
- Secretaría de la Defensa Nacional.
- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
- Autoridades aduaneras y de justicia.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Aviso de existencia o descubrimiento de minerales radiactivos.
- Asignación para exploración, explotación o beneficio de minerales radiactivos.
- Autorización para emplazamiento, construcción, operación, modificación, cierre o desmantelamiento de instalaciones nucleares y radiactivas.
- Autorización para adquisición, importación, exportación, posesión, uso, transferencia, transporte, almacenamiento y disposición final de material radiactivo.
- Autorización previa de Secretaría de Salud para materiales radiactivos con fines médicos.
- Presentación de plan de emergencia radiológica.
- Inspecciones, auditorías, verificaciones y reconocimientos.
- Corrección de deficiencias o anomalías.
- Retención, aseguramiento o depósito de fuentes de radiación.
- Clausura temporal o definitiva.
- Recurso administrativo contra resoluciones.

## Sanciones o consecuencias

- Cancelación de concesiones o asignaciones y multa hasta por cinco mil veces el salario mínimo diario por explotar o beneficiar mineral radiactivo descubierto indebidamente.
- Multa hasta por cinco mil veces el salario mínimo diario por omitir aviso de descubrimiento.
- Retención, aseguramiento o depósito de fuentes de radiación, equipos o bienes contaminados en casos de peligro o riesgo inminente.
- Clausura temporal, parcial o total de instalaciones nucleares, radiactivas o bienes contaminados.
- Clausura definitiva si no se corrigen deficiencias en el plazo fijado.
- Suspensión o cancelación de autorizaciones.
- Multa de cinco a cinco mil veces el salario mínimo general por infracciones a la ley o reglamentos.
- Multas diarias si persiste la infracción vencido el plazo de corrección.
- Duplicación de multa en caso de reincidencia, sin exceder el doble del máximo legal.
- Responsabilidad civil, penal o laboral por daños a personas o bienes.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 y 2 | Definen objeto de la ley y fines pacíficos de la energía nuclear. |
| 3 | Contiene definiciones técnicas centrales. |
| 5 a 8 | Regulan propiedad nacional, avisos y sanciones por minerales radiactivos. |
| 11 a 18 | Definen industria nuclear, actividades estratégicas y atribuciones federales. |
| 19 a 24 | Regulan seguridad nuclear, radiológica, física y salvaguardias. |
| 26 a 30 | Exigen autorizaciones para instalaciones, materiales y transporte. |
| 32 a 36 | Regulan inspección, medidas de seguridad, suspensión y cancelación. |
| 37 a 40 | Establecen multas, reincidencia y recurso administrativo. |
| 41 a 49 | Organizan el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares. |
| 50 a 52 | Regulan la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley De Responsabilidad Civil Por Daños Nucleares](/LRCDN/)
- [Ley Que Declara Reservas Mineras Nacionales Los Yacimientos De Uranio, Torio Y Las Demás Substancias De Las Cuales Se Obtengan Isótopos Hendibles Que Puedan Producir Energía Nuclear](/197/)
- [Ley Minera](/LMin/)
- [Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente](/LGEEPA/)
- [Ley General De Salud](/LGS/)
- [Ley General De Protección Civil](/LGPC/)
- [Código Fiscal De La Federación](/CFF/)

## Reformas y vigencia

La ley fue publicada el 4 de febrero de 1985 y entró en vigor al día siguiente. El texto fuente la identifica como vigente y señala última reforma publicada el 9 de abril de 2012, principalmente para actualizar denominaciones de autoridades y atribuciones de la Secretaría de Energía. Abrogó la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear publicada el 26 de enero de 1979.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿La energía nuclear puede usarse para fines militares?

No. La ley establece que el uso de la energía nuclear sólo podrá tener fines pacíficos.

### ¿Quién es dueño de los minerales radiactivos?

Los minerales radiactivos son propiedad de la Nación y su exploración, explotación y beneficio no pueden ser materia de concesión o contrato.

### ¿Qué aviso debe darse al descubrir minerales radiactivos?

Los titulares de concesiones o asignaciones mineras deben avisar por escrito a la Secretaría de Energía dentro de los diez días siguientes al descubrimiento.

### ¿Quién vigila la seguridad nuclear?

La Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias vigila seguridad nuclear, radiológica, física y salvaguardias.

### ¿Qué sanciones prevé la ley?

Prevé multas, suspensión o cancelación de autorizaciones, medidas de seguridad, clausura temporal o definitiva y responsabilidades civiles, penales o laborales cuando proceda.

## Fuente oficial

- [Ficha de la Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lrart27_mn.htm)
- [PDF oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/207.pdf)
- [Documento Word oficial](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/207.doc)

## Aviso

Esta guía es un resumen informativo y no sustituye la lectura del texto oficial ni la asesoría jurídica especializada.
