# Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México - Transitorio 6o

Clave: 208_190118
Artículo: transitorio-6o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-10-12

## Texto vigente

Artículo 6º. - Los títulos profesionales que con anterioridad a esta Ley hubieren sido legalmente expedidos, surtirán todos sus efectos; pero para que sus poseedores puedan ejercer conforme a esta Ley , deberán registrarlos en el término de un año en la Dirección General de Profesiones.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Reglamentaria Del Artículo 5O. Constitucional, Relativo Al Ejercicio De Las Profesiones En La Ciudad De México, artículo transitorio-6o.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
