# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 13

Clave: 211
Artículo: 13
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 13
.- Salvo pacto expreso en contrario contenido en el contrato de mandato o en la póliza, el mandatario que contrate un seguro a nombre de su mandante, podrá reclamar el pago de la cantidad asegurada.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 13.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
