# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 14

Clave: 211
Artículo: 14
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 14
.- Los agentes que sean autorizados por una empresa de seguros para que ellos celebren contratos, podrán recibir las ofertas, rechazar las declaraciones escritas de los proponentes, cobrar las primas vencidas, extender recibos, así como proceder a la comprobación de los siniestros que se realicen.
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 14.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
