# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 145

Clave: 211
Artículo: 145
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 145
.- En el seguro contra la responsabilidad, la empresa se obliga hasta el límite de la suma asegurada a pagar la indemnización que el asegurado deba a un tercero a consecuencia de un hecho que cause un daño previsto en el contrato de seguro.
Tratándose de los seguros obligatorios a que hace referencia el artículo
150 bis
de
esta Ley
, la empresa estará obligada a cubrir los riesgos asegurados hasta los montos indemnizatorios o las sumas aseguradas por persona o por bien, así como, en su caso, los acumulados por evento, que se establezcan en las disposiciones legales respectivas o en las administrativas de carácter general que se deriven de las mismas, vigentes al celebrarse el contrato.
Párrafo reformado DOF
Para los riesgos respecto de los cuales las disposiciones a que se refiere el párrafo anterior no determinen el monto indemnizatorio o la suma asegurada obligatorios, se estará a lo dispuesto en el artículo
86
de la
presente Ley
para determinar el límite de la suma asegurada.
Párrafo adicionado DOF
Artículo reformado DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 145.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
