# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 169

Clave: 211
Artículo: 169
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 169
.- Cuando el menor de edad tenga doce años o más, será necesario su consentimiento personal y el de su representante legal; de otra suerte, el contrato será nulo.
Artículo recorrido (antes artículo 158) DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 169.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
