# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 189

Clave: 211
Artículo: 189
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 189
.- Aun cuando renuncien a la herencia los descendientes, cónyuge supérstite, padres, abuelos o hermanos del asegurado, que sean beneficiarios, adquirirán los derechos del seguro.
Artículo recorrido (antes artículo 178) DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 189.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
