# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 47

Clave: 211
Artículo: 47
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 47
.- Cualquiera omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos
8
,
9
y
10
de la
presente ley
, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro.
Fe de erratas al artículo DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 47.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
