# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 53

Clave: 211
Artículo: 53
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 53
.- Para los efectos del artículo anterior se presumirá siempre:
I
- Que la agravación es esencial, cuando se refiera a un hecho importante para la apreciación de un riesgo de tal suerte que la empresa habría contratado en condiciones diversas si al celebrar el contrato hubiera conocido una agravación análoga;
II
- Que el asegurado conoce o debe conocer toda agravación que emane de actos u omisiones de sus inquilinos, cónyuge, descendientes o cualquier otra persona que, con el consentimiento del asegurado, habite el edificio o tenga en su poder el mueble que fuere materia del seguro.
Fe de erratas a la fracción DOF

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 53.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
