# Ley Sobre El Contrato De Seguro - Artículo 61

Clave: 211
Artículo: 61
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 61
.- Cuando se aseguren varios riesgos, el contrato quedará en vigor respecto a los que no se afecten por la omisión o inexacta declaración o por la agravación siempre que se demuestre que la empresa aseguradora habría asegurado separadamente aquellos riesgos en condiciones idénticas a las convenidas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre El Contrato De Seguro, artículo 61.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
