# Ley Sobre Elaboración Y Venta De Café Tostado - Artículo 8o

Clave: 215
Artículo: 8o
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-03-10

## Texto vigente

Artículo 8o
. El Consejo Mexicano del Café auxiliará a las Secretarías de Salud y de Economía, conforme a las atribuciones de éstas, en la aplicación de la
. La
promoverá las acciones que permitan la certificación de las marcas, productos y tipos de café, en cuanto al cumplimiento de las disposiciones de
y de sus reglamentos y de las normas oficiales aplicables al café tostado en materia de calidad y etiquetado.
Artículo reformado DOF
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## Notas para agentes

- Citar como: Ley Sobre Elaboración Y Venta De Café Tostado, artículo 8o.
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- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
