# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,024

Clave: 218
Artículo: 1,024
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,024
.- Todos los libros que deban servir para la entrega de mando o comisión, deberán estar al corriente, y si no lo estuvieren serán firmados por el Jefe u Oficial que reciba, a continuación del último asiento o anotación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,024.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
