# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,042

Clave: 218
Artículo: 1,042
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,042
.- La Junta de Honor en los buques de guerra o dependencias de la Armada, la formarán: el Comandante, el Segundo Comandante y un Oficial de los de mayor categoría, nombrado a pluralidad de votos por todos los Oficiales del buque o dependencia, en Junta general, que se celebrará en los primeros ocho días del mes de junio de cada año.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,042.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
