# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,044

Clave: 218
Artículo: 1,044
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,044
.- La Junta de Honor será presidida siempre por el Comandante del buque o dependencia y convocada por él, aun cuando la reunión deba verificarse por disposición superior.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,044.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
