# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,052

Clave: 218
Artículo: 1,052
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,052
.- Si se tratare de alguno de los Oficiales, miembros de la Junta de Honor, se hará la elección del que deba substituirlo, e integrada por este medio, procederá a juzgarlo, debiendo en tal caso ser más severa en sus determinaciones que respecto de los demás.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,052.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
