# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,062

Clave: 218
Artículo: 1,062
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,062
.- Para dictaminar acerca de las providencias que, con arreglo a las prescripciones de este Título, hayan de tomarse respecto del individuo cuya conducta se someta a las deliberaciones de la Junta de Honor, se le hará comparecer previamente ante ella, a fin de hacerle conocer la causa por la que va a ser juzgado y oír sus descargos.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,062.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
