# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,114

Clave: 218
Artículo: 1,114
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,114
.- Las embarcaciones nacionales fletadas por el Gobierno para uso de la Armada, si su armamento y equipaje corriesen por su cuenta, se servirán de la bandera de guerra durante la comisión.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,114.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
