# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,142

Clave: 218
Artículo: 1,142
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,142
.- Al izarse la bandera, la guardia armada formará en ala con el frente a popa, al picar la hora, uno de los centinelas disparará su arma presentándola después, lo mismo que la guardia; la banda tocará marcha de honor; las brigadas formadas en cubierta y los Oficiales al pie de la driza de bandera, darán frente a popa y se cuadrarán haciendo el saludo militar.
Igual ceremonia se verificará al arriarse la bandera, izándose a la vez las luces blancas de puerto que previene el artículo 1,157.
En navegación se izará y arriará la bandera, haciendo solamente los honores con pito y saludando militarmente los presentes, mientras haya barcos a la vista.
En los demás casos el movimiento se hará a la sordina.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,142.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
