# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,159

Clave: 218
Artículo: 1,159
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,159
.- Siempre que la bandera deba ponerse a media asta, se procederá como sigue: si debe hacerse esto en el momento de izarla, se llevará primeramente al tope con los honores reglamentarios, arriándola después a media driza; si ya estuviere izada, se arriará a media asta.
Para arriar la bandera estando a media asta, se izará primeramente al tope, arriándose en seguida con los honores reglamentarios.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,159.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
