# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,174

Clave: 218
Artículo: 1,174
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,174
.- Todas las visitas de cortesía que se hagan a un buque o autoridad extranjeros, serán hechas con uniforme de ceremonia y durarán el tiempo estrictamente indispensable para estos cumplimientos de etiqueta naval. En climas cálidos se usará el uniforme blanco para dichos actos, siempre que sea el aceptado por el personal del barco a quien se cumplimente.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,174.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
