# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,186

Clave: 218
Artículo: 1,186
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,186
.- Cuando fondee en un puerto una Escuadra, División o Grupo, los Comandantes de los buques que la formen, pasarán a bordo del buque insignia para dar cuenta de las novedades de la navegación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,186.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
