# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,196

Clave: 218
Artículo: 1,196
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,196
.- Siempre que un buque, o reunión de los mismos, visite un puerto extranjero de saludo o donde se halle fondeado buque de guerra de dicha nacionalidad, el Comandante del buque, Jefe de la Escuadra, o Comandante más antiguo, tratándose de buques sueltos, saludará a la plaza con una salva de veintiún cañonazos, previa seguridad de que el saludo sea devuelto tiro por tiro.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,196.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
