# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,250

Clave: 218
Artículo: 1,250
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,250
.- No se harán honores militares a ningún Oficial General, Jefe, Oficial o funcionario diplomático o consular, extranjero o mexicano, que no lleve el uniforme de su empleo o no se dé a reconocer por la insignia o bandera distintiva que le corresponda
Banderas que deberán desplegarse durante los saludos

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,250.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
