# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,417

Clave: 218
Artículo: 1,417
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,417
.- Cuando conviniere a sus intereses particulares o por razón de enfermedad, podrá concedérseles licencia temporal, solicitándola por los conductos de Ordenanza.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,417.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
