# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,458

Clave: 218
Artículo: 1,458
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,458
.- Llenados los requisitos anteriores, se pondrá a los despachos y patentes de retiro de los Jefes, por la Secretaría de Relaciones, el Gran Sello, no siendo necesario este requisito para los Oficiales; concediéndose a los interesados dos meses para la presentación de dichos documentos a las oficinas pagadoras. Este plazo no podrá prorrogarse, sino por orden expresa de la Secretaría de Guerra y Marina.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,458.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
