# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,472

Clave: 218
Artículo: 1,472
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,472
.- Respecto del personal de Oficiales, se enterará de la conducta, aplicación y estado de salud de cada uno; si hay armonía entre todos, y si son exactos en el cumplimiento de sus deberes. Si hubiere quejas fundadas contra alguno de ellos, dispondrá sean sometidos a la Junta de Honor, o lo que proceda en justicia, investigando la causa que haya impedido al Comandante o Jefe respectivo cumplir con esa obligación.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,472.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
