# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,485

Clave: 218
Artículo: 1,485
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,485
.- Los Comandantes en Jefe de Escuadra o Departamento podrán pasar revista por sí a las fuerzas de su mando, o bien nombrar para el efecto Subinspectores, que sujetándose a las prescripciones de este Título verifiquen dichas revistas, dando los Comandantes cuenta a la Secretaría de Guerra y Marina del principio y resultado de ellas.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,485.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
