# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,488

Clave: 218
Artículo: 1,488
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,488
.- Cuando el resultado de la inspección fuere satisfactorio y favorable al buen nombre de los Jefes y Oficiales revistados, la Secretaría del ramo expedirá un certificado tan amplio y honorífico como el caso lo requiera; pero si dicho resultado no fuere satisfactorio o fuere desfavorable, se expedirá igualmente por aquella oficina un certificado que contendrá las providencias que habrán de tomarse para remediar las faltas que como resultado de la revista se hubieren advertido.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,488.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
