# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,505

Clave: 218
Artículo: 1,505
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,505
.- Siempre que un Oficial General, Jefe u Oficial haga uso de licencia temporal por enfermedad o asuntos particulares, se le abonarán, además de sus haberes, la asignación de embarque o de servicio en tierra, según el caso. Si tuviere mando se reservará la asignación que por este concepto disfrute, en beneficio del que lo substituya en el puesto, para que éste perciba la que le corresponda conforme a su empleo.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,505.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
