# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,557

Clave: 218
Artículo: 1,557
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,557
.- Arreglará la Flota en Escuadras, Divisiones o Grupos, y propondrá a la Secretaría del ramo los Jefes que deban mandarlas, teniendo en cuenta la categoría, antigüedad y méritos de cada uno de ellos, e indicando los buques que necesite para transporte.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,557.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
