# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,567

Clave: 218
Artículo: 1,567
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,567
.- Deberá conocer las condiciones de los buques que formen la Escuadra de su mando, el coeficiente de evolución de ellos, la mayor o menor facilidad para maniobrar la artillería y las condiciones de sus máquinas con el detalle necesario, a saber: cantidad de carbón que consuman, a poca, media y toda velocidad, a pleno vapor o con expansión, la capacidad de las carboneras y el tiempo necesario para obtener la máxima presión.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,567.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
