# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,593

Clave: 218
Artículo: 1,593
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,593
.- Procurará sostener buenas y cordiales relaciones con los funcionarios diplomáticos y consulares de la República, y dará la debida importancia a las noticias que puedan suministrarle y que redunden en bien de la Nación, mostrándoles cortesía, pero sin recibir de ellos orden alguna para su acatamiento, a no ser transcripción comprobada de alguna que emane de la Secretaría de Guerra y Marina.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,593.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
