# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,606

Clave: 218
Artículo: 1,606
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,606
.- Si durante el combate, muere el Comandante en Jefe, no se arriará su insignia sino hasta perder de vista al enemigo, en cuya circunstancia se hará saber al que le suceda en el mando por la señal secreta convenida, para que transbordándose o quedándose en su propio buque, ordene sea arriada la de aquél, arbolando la suya, según se previene en el artículo
987
.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,606.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
