# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,612

Clave: 218
Artículo: 1,612
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,612
.- En todas ocasiones, pondrá cuantos medios estén dentro de la Ley, para proteger el comercio y los intereses de la Patria.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,612.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
