# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,637

Clave: 218
Artículo: 1,637
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,637
.- Cuando se dividan las fuerzas navales al mando de un Oficial General en Escuadras, Divisiones o Grupos, los Jefes de ellas serán responsables al Comandante en Jefe del buen equipo, instrucción y servicio de los buques de su mando, debiendo tramitarse por su conducto, conforme a lo prescrito en esta Ordenanza, todos los asuntos que a ellos se refieran.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,637.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
