# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,662

Clave: 218
Artículo: 1,662
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,662
.- Cuando la Escuadra, División o Grupo, se fraccione, quedando alguno de los buques que la formen a las órdenes de un Comandante General de Departamento, le entregará los documentos y libros correspondientes a dicho buque.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,662.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
