# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,672

Clave: 218
Artículo: 1,672
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,672
.- Será de su deber cuidar que las obras se hagan con rapidez y economía, pues con ello acreditará su delicadeza y aptitud.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,672.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
