# Ordenanza General De La Armada - Artículo 1,673

Clave: 218
Artículo: 1,673
Tipo: texto legal
Última actualización en mLey: 2026-05-19

## Texto vigente

Artículo 1,673
.- Tendrá a su cargo y dirección las señales de la Escuadra, cuidando de que el libro respectivo sea llevado con la debida claridad y limpieza, estando al corriente de las establecidas por el Comandante en Jefe en vista de las particularidades especiales del servicio. Las secretas estarán en su poder, y en el de los Jefes y Comandantes subalternos, en pliegos cerrados y lacrados, con el sello del Comandante en Jefe, los cuales se abrirán en caso necesario.

## Notas para agentes

- Citar como: Ordenanza General De La Armada, artículo 1,673.
- Este contenido es texto legal o una representación Markdown del texto legal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
